La Dirección de Catastro del Estado depende directamente del Instituto para el Registro del Territorio del Estado de Colima. El Catastro del Estado, constituye un padrón e inventario que permite la identificación y valuación de los bienes inmuebles que se encuentran en el territorio de nuestra Entidad Federativa, lo que implica delimitar los bienes inmuebles, mantener actualizada las características de los mismos, además de integrar la cartografía como apoyo importante para las tareas de ordenamiento y regulación del desarrollo urbano.
Desde 1995 entro en vigor un convenio celebrado entre el Gobierno del Estado de Colima y cada uno de los ayuntamientos constitucionales con la finalidad de regular y coordinar la administración del catastro. Se consideraron como antecedentes de este convenio lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución Federal de la República, que corresponde a los municipios la facultad para administrar los impuestos que gravan la propiedad inmobiliaria, así como percibir los ingresos que se generen por estos conceptos y la publicación en 1992 de la Ley de Catastro del Estado en donde se incorporó la participación de los Ayuntamientos en la tarea de integrar y actualizar el padrón de inmuebles de la entidad.
El 21 de Agosto del 2012 se pública la Ley para el Registro del Territorio que señala la creación de un Instituto con el objeto de regular la función catastral, registral, territorial y del comercio, teniendo a su cargo integrar operativa y electrónicamente la información de las bases de datos y archivos públicos del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, del Catastro del Estado y del Registro del Territorio, con el propósito de brindar seguridad y certidumbre a los actos jurídicos correspondientes celebrados en la entidad, así como promover y procurar la eficiencia y eficacia de las funciones administrativas relativas del Gobierno del Estado, mediante el establecimiento de una base territorial confiable y oportuna, completa, integrada e interoperable, al servicio de la sociedad.
Las actividades de la Dirección de Catastro del Estado se centran en integrar la información catastral del Estado, apoyar, asesorar y coordinar a los Ayuntamientos en la realización de los trabajos catastrales, elaborar y mantener actualizada la cartografía y determinar las normas técnicas y administrativas para el registro, identificación, valuación y delimitación de los predios ubicados en el Estado.